Reglamento Vehículos Históricos Diario Oficial
Moderadores: Vikingo, Vito Corleone
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Reglamento Vehículos Históricos Diario Oficial
Señores,
Adjunto información para quienes quieran realizar el trámite para declarar su joya como vehículo histórico.
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Somos Caleta y andamos en Citroneta
- jotrola
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Re: Reglamento Vehículos Históricos Diario Oficial
EXELENTE INFORMACIÓN!!!!!! ESO QUIERE DECIR QUE MAS MENOS EL 05 DE DICIEMBRE SE DEBERÍA SABER QUE ENTIDAD SERÍA LA ENCARGADA DE REVISAR LOS VEHÍCULOS Y QUE A CONTAR DEL MES DE ABRIL, DEBERÍA ESTAR ESTO FUNCIONANDO.....OJALA SEA ASÍ...SALUDOS
"la 57 no corre...vuela".....
- aisc
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Re: Reglamento Vehículos Históricos Diario Oficial
Leyendo el documento .... Gracias vitto
AisC
Domitila, dejando Huella!!!...
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- aisc
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Re: Reglamento Vehículos Históricos Diario Oficial
consulta: Cual es el beneficio real para nosotros?. Lo unico que visualizo es que la revisión técnica será realizada con estandares diferentes a los utilizados con los autos modernos.
AisC
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Re: Reglamento Vehículos Históricos Diario Oficial
Sshhh... !!!
¿ Te parece poco ?
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Vikingo
Leidsogumadr
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- aisc
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Re: Reglamento Vehículos Históricos Diario Oficial
jiji es bastante pero no me queda claro que tan diferente será para que nos beneficie finalmente.
AisC
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Re: Reglamento Vehículos Históricos Diario Oficial
Se le agradece, estaba esperando la publicación.
en la Subsecretaría de Transporte en la calle serrano está el señor Emilio Gonzalez fono 4387829 quien es muy amable y responde nuestras consultas
No lo tapen a llamados, talvez nuestro presidente o director pueda ser interlocutor valido para todos..
gracias
juan ignacio
en la Subsecretaría de Transporte en la calle serrano está el señor Emilio Gonzalez fono 4387829 quien es muy amable y responde nuestras consultas
No lo tapen a llamados, talvez nuestro presidente o director pueda ser interlocutor valido para todos..
gracias
juan ignacio
- Jorge de Chillan
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Re: Reglamento Vehículos Históricos Diario Oficial
Muy buena la información.. ,la primera duda que tengo es cual sera la institucion que determine el ministerio de transsporte que revisara los vehiculos, ya que esto emperesara a reguir 30 días despues de la publicación... quien sera??? deveria empezar el 5 de Enero a regir esto.... y el resto del informe que se envíe al secretario miniterial de transporte fala como mucho (120 días de la publicación) en fin habra que espera que pasa.
Saludos
Saludos
Jorge de Chillan (ya somos 3...)
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Re: Reglamento Vehículos Históricos Diario Oficial
Hay que organizar tantas de estas instituciones como las que se necesiten, de conformidad al artículo que establece los requisitos.
Al menos una por capital regional ya sería un avance enorme.
¿Cómo hacerlo? Constituyendo una Organización Comunitaria Funcional sin fines de lucro. Esto es gratuito, y se hace ante la municipalidad respectiva, que pone el ministro de fe y el estatuto tipo. Otorga personalidad jurídica, y con ella, ante el SII, se obtiene el RUT. Habilita para postular a proyectos, recibir donaciones, etc, etc.
Al menos una por capital regional ya sería un avance enorme.
¿Cómo hacerlo? Constituyendo una Organización Comunitaria Funcional sin fines de lucro. Esto es gratuito, y se hace ante la municipalidad respectiva, que pone el ministro de fe y el estatuto tipo. Otorga personalidad jurídica, y con ella, ante el SII, se obtiene el RUT. Habilita para postular a proyectos, recibir donaciones, etc, etc.